JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, 11 de enero del 2024.
213° Y 164°
Por cuanto fui designado como Juez Temporal, ME ABOCO INMEDIATAMENTE, al conocimiento de la presente causa; en consecuencia, las partes podrán hacer uso del derecho previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil.
En acatamiento de la sentencia proferida por este juzgado, en cuanto a su contenido esta juzgadora DECLARA definitivamente firme la sentencia de fecha 14 de agosto de 2018, corre inserta en los (folios 225 al 234 del cuaderno principal). En consecuencia se ordena LEVANTAR LA MEDIDA: DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha 29 de junio del 2017 según oficio Nº 519 de fecha 29 de junio de 2017, sobre el siguiente bien inmueble:
Un lote de terreno propio, con casa para habitación construida de paredes de bloque, piso de cemento, techos de teja y madera, en parte pared de ladrillo, consta de varias habitaciones, sal, cocina, comedor, servicios sanitarios, instalaciones de agua, luz y cloacas y demás adherencias, actualmente, reformada y construida por el comprador, ubicada en la carretera principal de Sabaneta, Aldea las Vegas, Municipio Cárdenas Estado Táchira que mide y se alindera así: FRENTE; mide doce metros (12mts) con carretera principal; PIE : mide dos metros (2mts) en sentido costado izquierdo a costado derecho, luego cruza a la derecha en sentido frente a pie, mide seis metros(6mts), con José Nerio Castro Chacon, luego cruza a la izquierda en sentido costado izquierdo costado derecho, mide diez metros (10mts), con Franco Quijano, COSTADO DERECHO: mide veintiún metros (21mts), con Franco Quijano COSTADO IZQUIERDO: mide catorce con sesenta y tres centímetros (14,63mts). En sentido frente pie, con terreno de José Nerio Chacon luego cruza a la izquierda, en sentido costado izquierdo-costado derecho, mide dos metros (2mts), luego cruza a la derecha, mide seis metros (6mts)en sentido frente pie, con terreno de José Neira Castro, divide en todas sus colindancias paredes propias de este inmueble. Y hoy según constancia catastral: N° 20-05-05-07-10de fecha 24 de enero 2012, expedida por la Alcaldía Bolivariana del Municipio Cárdenas, Estado Táchira, ubicado en carrera 1 transandina N° 1-28, Sabaneta Municipio Cárdenas, Estado Táchira, con los siguientes linderos y medidas: NORTE: carrera 1 mide ocho metros (8,00mts) de ancho, mide doce metros (12mts); SUR: con Alberto Gelviz mide doce metros (12mts LQ) ESTE: con franco Quijano, mide veintiún metros(21mts)y OESTE: con juvenal chaparro y Franco Quijano, mide veinte metros con sesenta y tres (20,63mts LQ). Con un área de terreno de doscientos treinta y siete metros con sesenta y ocho centímetros cuadrados (237,78mts2) y un área de construcción de quinientos setenta y cuatro metros con cuarenta centímetros cuadrados (574,40 mts2). Líbrese oficio





Abg. Johanna Lisbeth Quevedo Poveda
Juez Suplente.

Abg. Wilson Alexander Ruiz Rico.
Secretario suplente.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto, librándose Oficio Nº 008, para el Registró Público de los Municipios Cárdenas, Guasimos y Andrés Bello del Estado Táchira.


Abg. Wilson Alexander Ruiz Rico.
Secretario suplente.


Exp. Nº 9036