Por las razones antes expuestas, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL N° 2 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO en contra de la acusada LELYS YSABEL SUAREZ VEGA, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacida el día 03 de julio de 1.985, de 19 años de edad, de profesión u oficio latonero, titular de la cédula de identidad N° V-18.959.804, domiciliado en la carrera 09, N° 12, Barrio Libertador, entre la calle 14 y 15 detrás del Comando de la Guardia Nacional, casa de color verde, Santa Ana, Estado Táchira; por la comisión del delito de LESIONES LEVES AGRAVADAS, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, en concordancia con el artículo 420 ejusdem (Vigente para la fecha de comisión del hecho) en perjuicio de la ciudadan.....