DECLARA CON LUGAR la demanda presentada por: MAYERLING LISBETT LOZADA SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.100.939, en contra de: LEONARDO ANTONIO OSORIO CONTRERAS, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.470.222. En consecuencia, queda disuelto por Divorcio en base al artículo 185, numeral segundo (2º) del Código Civil, es decir por "abandono voluntario", el vinculo matrimonial contraído por ellos en acto celebrado en fecha 11 de Enero de1995, por ante la Prefectura de la Parroquia el Llano del Municipio Autónomo Libertador en el Estado Mérida, según acta Nro. 01. Y ASI SE DECLARA. En cuanto a la Patria Potestad sobre: ANDRES DAVID OSORIO LOZADA, ésta será ejercida en forma conjunta por los padres; en cuanto al Régimen de Visitas, éste será abierto a favor del padre. Y la Guarda será ejercida por la madre, a quien se insta a tramitar por procedimiento separado la obligación alimentaria a favor de su citado h.....