Por todos los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DE LA SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
Primero: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la presente causa a favor del adolescente (Identidad omitida articulo 545 de la Lopna), por la presunta comisión de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 460 del Código Penal en perjuicio del ciudadano FELIPE RIGOBERTO LABRADOR CASTILLO, venezolano, mayor de edad, de profesión taxista, residenciado en la carrera 01, casa nº 6-79, del Barrio 19 de Abril la Fría Estado Táchira, de conformidad con el articulo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Segundo: Se ordena no convocar a las partes para la celebración de una audiencia de sobreseimiento, en virt.....