CONTROL NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 46 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA conforme a los establecido en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal a favor de los ciudadanos JOSE RAUL LOAIZA VIDAL, nacionalidad Peruana, natural de Lima Perú, de 55 años de edad, nacido en fecha 26-03-1958, estado civil soltero, titular de la cedula de Extranjería 82.233.816, hijo de Teofilo Loaiza (f) y Honorata Vidal (f) de profesión u oficio comerciante, domiciliado en la carrera 2, 9-81, Barrio Bonilla, teléfono 0416-1368250, Ureña Estado Táchira y JAIRO ALEXANDER BALLESTERO LEON, nacionalidad Venezuela, natural de Cúcuta Colo.....