´III
DISPOSITIVA
Por las razones de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La confesión ficta de la parte demandada ciudadana: ROSA MARIA SOJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.691.857, en consecuencia, PROCEDENTE en Derecho la pretensión de Reconocimiento de Contenido y Firma contenida en la demanda incoada en su contra por la ciudadana: WILMERY ANDREINA PÉREZ RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 25.587.168,
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por la Ciudadana: WILMERY ANDREINA PEREZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 25.587.168, en contra de .....