"...Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Ruptura Prolongada de la vida en común presentada por los ciudadanos WILMER ERIC GOMEZ GARCIA y MARIA ELOINA CARRERO DE GOMEZ, venezolanos, casados, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.846.093 y V-11.973.794, en su orden respectivo, domiciliados en la calle 8 con carrera 7 casa N° 7-11 sector Casco Central, diagonal a la plaza Bolívar, Coloncito, municipio Panamericano del estado Táchira, y de conformidad con el art. 185-A del Código Civil, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre WILMER ERIC GOMEZ GARCIA y MARIA ELOINA CARRERO DE GOMEZ, según consta en Acta de Matrimonio N° 04 de fecha 05 de fe.....