JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 21 de septiembre de 2026.
215° y 166°
Visto los escritos de promoción de pruebas presentado en fechas 19 de Mayo de 2026, constante de cuatro (04) folios útiles, y (20) folios de anexos, y el 11 de agosto de 2026, constante de cinco (05) folios útiles, y (31) folio de anexos, suscrito por los abogados José Ramón Cárdenas Uzcategui y Wolfred Bernave Montilla Bastidas, venezolanos, titulares de la cedula de identidad N° V-5.655.786, V-5.637.562, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 58.060, 28.357, Apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil Pavimentos del Sur C.A, parte demandada, así mismo en cuanto a su contenido este Órgano Jurisdiccional ADMITE la siguiente prueba: denominada, "PRUEBAS DOCUMENTALES", por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, a reserva de su apreciación en la sentencia definitiva.
Vis.....