"...Visto el convenimiento realizado por los ciudadanos ANDERSON IVAN ROSALES MENDEZ y YEINER ZULAY CARDENAS CARDENAS, en fecha 05 de agosto de 2025, por ante la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente del Municipio García de Hevia del Estado Táchira, por concepto del Ofrecimiento de la Obligación de Manutención, a favor de sus hija EIMMY ANELIM. Este Tribunal le da entrada y la inventaría bajo el Nº 16.423 en el Libro L-16, el cual textualmente establece: "...PRIMERO En cuanto a la OBLIGACION DE MANUTENCION, el ciudadano Anderson Ivan Rosales Mendez se compromete en aportar para la manutención de su hija 100 Cop semanales SEGUNDO Los gastos de medicamentos, asistencia médica, ropa de todo el año, Uniforme de diario de deporte, zapatos de diario deporte, útiles escolares, morrales, pago de colegio, merienda, pago de transporte, pago de tareas dirigidas, gastos navideños útiles de aseo personal, gasto de cumpleaños, recreación serán compartidos en partes iguales por Ambos.....