ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
ÚNICO.- DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor PERSONAS POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del delito robo agravado de vehículo automotor, previsto y sancionado en el articulo 5 en concordancia con el articulo 6 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, vigente para la fecha del hecho ya que una vez analizadas las actas del expediente, se observa que a la fecha de la presente solicitud, NO han surgido nuevos elementos de convicción para hacer señalamientos, en contra de persona (s) alguna (s), y dado a que no consta actuación policial alguna que pueda dar indicio alguno de autores o participes del punible, y a pesar de la falta de certeza, existe la posibilidad razonable de que no se puedan agregar mas .....