Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto a la ciudadana MARÍA EUGENIA BLANCO DE VILLAMIZAR, de nacionalidad venezolana, nacida en fecha 22 de Febrero de 1971, de 37 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 10.172.752, de estado civil Viuda, domiciliada en el Barrio Las Margaritas, vereda 8, Pasaje 4, casa No. 26, San Cristóbal, Estado Táchira, por el delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para la fecha, en perjuicio del Estado Venezolano, y en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN D.....