Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA; EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de los imputados; EDSON ADELMIR DURAN ORTIZ, venezolano, natural de El Milagro, Estado Táchira, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.501.551, nacido en fecha 13-06-1.986, de 18 años de edad, soltero, de profesión u oficio estudiante, residenciado en El Milagro, vía principal, casa N° B-10, Estado Táchira; AREVALO DELGADO JUAN CARLOS, venezolano, natural del Guayabo Estado Zulia, titular de la cédula de identidad N° V-18.641.434, nacido en fecha 06-08-1.958, de 19 años de edad, soltero de profesión u oficio obrero, residenciado en el Sector El Milagro, calle principal casa sin número, al frente de la Finca La Abundancia, carretera vía El Llano, Estado Táchira; D.....