"..."PRIMERO: el ciudadano Carlos por voluntad propia se irá de la casa entre los días sábado 14 y domingo 15 de enero del presente año, donde habitan su hija y la madre y así poder los tres tener una buena convivencia familiar.
¿ Segundo: el ciudadano Carlos se compromete por voluntad propia dar la cantidad de doscientos (200 bs) bolívares semanales a partir del 14 de enero del presente año. Queda expuesto que esta cantidad ese solo de alimentación.
¿ Tercero: los gastos de ropa, medicamentos, uniformes, útiles escolares, vacaciones, navidad y todo lo que los niños necesiten serán compartidos en partes iguales entre ambos padres.
¿ Cuarto: en cuanto al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR el ciudadano Carlos podrá compartir con su hija cuando a bien lo tuviere siempre que no interfiera en las horas de sueño, alimentación, además no podrá presentarse a las casa de la niña en horas de la noche."
En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administ.....