PRIMERO: LA FALTA DE CUALIDAD de los ciudadanos GERMÁN DUARTE MONSALVE, JONATTAN CARLOS DUARTE MÉNDEZ y JOSUÉ OMAR DUARTE MÉNDEZ, de nacionalidad colombiana el primero y venezolanos los demás, mayores de edad, con cédulas de identidad Nos. E-81.157.653, V-14.264.892 y V-11.505.004 respectivamente, de conformidad con la cláusula "3" del condicionado particular de la póliza de Seguros Vida Global de la empresa ZURICH SEGUROS, S.A.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpuesta por la ciudadana DARLY MARLEC PATIÑO DE DUARTE, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-13.146.000, de este domicilio y hábil, en contra de la Sociedad Mercantil ZURICH SEGUROS, S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 09 de agosto de 1951, bajo el No. 672, tomo 3-C e Inscrita su modificación de cambio de nombre en fecha 25 de abril de 2001, bao el No. 58, tomo 72-A Sgdo., y en la .....