D I S P O S I T I V O
En consecuencia de todos los anteriores razonamientos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO SIETE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del ciudadano NERI DUBAN RUIZ, Venezolano, natural El Milagro, Estado Zulia, con fecha de nacimiento 05-10-1980, de 29 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-18.791.939, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el sector B, el Chaparral, casa N° 46, San Josecito, Estado Táchira, teléfono 0414-7027286 (papá), por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA AGRAVADA y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 consecutivamente de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ISLEY CAROLINA OVIEDO RAMÍREZ, por estar satisfechos.....