PRIMERO: Se declara Parcialmente Con Lugar la solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención solicitada por la ciudadana OMAIRA JOSEFINA CHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.107.301, residenciada en la carrera 0; N° 3-3, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando en nombre y en representación de sus hijos ..., en contra del ciudadano JONATHAN RAMON BRITO CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-9.343.452, residenciado en el Barrio Ayacucho calle 5, N° E-36, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, en consecuencia se aumenta la Obligación de manutención a la cantidad de TRESCIENTOS ONCE BOLÍVARES FUERTES CON 60/100 (Bs. F. 316,70) mensuales, que es equivalente a 36,02% de un salario mínimo urbano.-
SEGUNDO: Para los meses de Agosto y Diciembre se fija la cantidad de SEISCIENTOS VEINTITRES BOLÍVARES FUERTES CON 20/100 (Bs. F. 623,20), que es equivalente a 72,04% de u.....