DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria (Titulo Supletorio) sobre las bienhechurias descritas, a favor de la ciudadana Astrid Coromoto Gamez Alvarez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.493.702, domiciliada en el Kilómetro 7 vía Rubio, Colinas de Vega del Cedro, casa D-37, calle principal, Municipio Libertad del estado Táchira, dejándose a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, norma aplicable supletoriamente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
Publíquese, Regístrese y déjese Copia Ce.....