En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión de los imputados: JOSE GREGORIO MENDEZ VIVAS, venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 09-01-1989, de 21 años de edad, soltero, de ocupación comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-18.391.3330, con domicilio en San Josecito, Barrio Walter Márquez, calle 4, casa N° 21, Estado Táchira, teléfono N° 0276-6512458; y CHRISTIAN ALIRIO RODRIGUEZ CHACON, venezolano, natural de San Cristóbal, nacido en fecha 26-03-1992, de 18 años de edad, soltero, de ocupación comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-24.744.036, con domicilio en el parque San Miguel, frente a los Bomberos, carera 2, casa N° 8-9, San Cristóbal, teléfono N° 0426-7044742 (hermano); por l.....