DECLARA CONSUMADA LA PERENCION y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa seguida por el Abogado JOSE RAMON RANGEL MONTIEL, inpreabogado bajo el Nro. 3.366, obrando como apoderado especial de la EMPRESA CORPORACION DROGUERIA LOS ANDES C.A., inscrita en los libros de Registro Mercantil llevados por la secretaría del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo el Nro. 958, Tomo II, de fecha 27 de noviembre de 1979, modificado en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, bajo el Nro. 7, Tomo A-5, de fecha 9 de julio de 2001, según poder otorgado por ante la Notaría Cuarta del Estado Mérida, bajo el Nro. 19, Tomo 17 de fecha 9 de abril de 2002, contra "FARMACIA ZULIA DEL MOJAN C.A.", representada por su directora América R. Sánchez de Ocando, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.- 5.....