Este Juzgado de de Primera Instancia , en funciones de Control n° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta la DESESTIMACION DE LA PRESENTE CAUSA, solicitada por la Fiscal del Ministerio Público, denuncia formulada por el ciudadano JOSE DOMINGO RAMIREZ CEPEDA, de nacionalidad venezolano, de 64 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad V--2.283.873, de profesión u oficio agropecuario, residenciada en el sector los Pozones, el Vigía Estado Mérida, quien a través de su denuncia manifestó: " el día de ayer 29 de Agosto de 2006 (...), hechos expuestos en el escrito fiscal, con fundamento legal en los artículos 2, 26, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los artículos 4, 5, 6, 7, 24, 25 y 26 , 173, 177, 301 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal. Remitir la causa en el lapso legal, a la Fiscalia VII. N.....