Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, se logró la siguiente mediación sobre los conceptos ofertados: La parte oferente ofrece pagar al ciudadano GIOVANNY FRANCHESCO MARQUEZ MENDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad n° V-12.816.002, la cantidad de VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UN BOLÍVARES CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 24.261,99), mediante cheque de gerencia Nro.3271426377QT, código cuenta cliente Nro.0137 0001 08 0000099391, contra el Banco Soitasa, a nombre del trabajador GIOVANNY MARQUEZ, de fecha 02-09-2014, monto de la presente oferta de pago de prestaciones sociales y la suma de TRECE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES CON OCHENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs.13.575,89), mediante cheque de gerencia Nro.00013267, código cuenta cliente Nro.01040033352390030017 contra el Banco Venezolano de Crédito, de fecha 02 de septiembre de 2014 a nombre del trabajador GIOVANNY MARQUEZ MENDEZ, los cuales son aceptados en este acto por el tra.....