PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO en contra del imputado ALVARO ERNESTO MORA DURAN, de nacionalidad Venezolana, natural Tariba, Estado Táchira, nacido en fecha 04-01-1990, de 21 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-19.501.591, soltero, estudiante, con residencia en la en Palo Gordo, Municipio Torbes, parroquia Amenodoro Lemes, vereda Táchira, al finalizar la calle, casa N° 1-07, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVISIMAS Y LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 numeral 2, en concordancia con el articulo 415 y 414, del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Henry Pabel Fuentes Vargas y Wilmer Alexis Fuentes Vargas, al cumplir con lo establecido en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal y de conformidad con el artículo 330 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas presentadas por el Ministeri.....