En consecuencia, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: Se declara la Extinción de la acción penal por prescripción de la misma, en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del Ciudadano HENDERSSON ADALBERTO MOYANO COLMENARES, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de Táriba, Municipio Cárdenas, nacido el día 15-06-1978, de 26 años de edad, soltero, de profesión u oficio ayudante de farmacia, titular de la cédula de identidad N° 14.435.141, hijo de Giessi Agdaberto Moyano Márquez (f) y Deisy Judith Colmenares (v), residenciado en la Urbanización Nueva Ureña, lote 04, apartamento 03-09, Ureña, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 3° del Código Penal, .....