Vista la TRANSACCIÓN celebrada en fecha veintinueve (29) de noviembre de 2.012, en acta de embargo levantada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, entre el abogado en ejercicio RAINER ROLLANS RODRÍGUEZ PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.145.930, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.434, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, SOCIEDAD MERCANTIL ELECTROSHOCK, C.A., la cual se encuentra registrada por ante el Registro Mercantil de esta Circunscripción Judicial, bajo el N° 33, tomo 7-A, de fecha 22/02/1994, representada por su Director Gerente, ciudadano CARLOS HORACIO RUIZ CORONEL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y la parte demandada, ciudadano JOSE LUIS MALDONADO CANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de id.....