EN CONSECUENCIA, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: SE DESESTIMA LA FLAGRANCIA, EN LA APREHENSIÓN de el ciudadano FABIAN ANSELMO CARDENAS CARDENAS, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, natural de Tasco, Departamento de Boyaca, nacido en fecha 15 de mayo de 1989, de 20 años de edad, titular de la cédula de Ciudadanía Nº C.C 1.090.408.875, soltero , hijo de Cristóbal Cardenas (f) y Maria Esther Cardenas (V), de profesión u oficio Obrero, residenciado calle 9 N° OC-64, Barrio el Cementerio, Ureña, del Estado Táchira, en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 52 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
SEGUNDO: Se Ordena la prosecución del proceso por .....