ÚNICO: SIN LUGAR la cuestión previa de defecto de forma de la demanda, prevista en el ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la inepta acumulación de acciones, interpuesta por la ciudadana CANDIDA ROSA VARELA MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.365.916 y domiciliada en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en su carácter de arrendataria, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE ACTA CONCILIATORIA SUSCRITA ANTE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA, incoado en su contra por la ciudadana NEIRA JOSEFINA LEAL DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.242.573, en su carácter de propietaria-arrendadora, representada por el ciudadano HONORIO LEAL ANGULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-1.518.175 y domiciliado en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en su condición de administrador.