PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de DESALOJO, interpuesta por MIRYAM ESTELA OMAÑA DE DASKALOPULOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, Nos. V-2.812.036, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira y hábil, asistida por los Abogados en Ejercicio: LUIS ANTONIO MORENO MÉNDEZ y ELISA QUIÑONES DE MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-9.128.866 y V.- 5.810062, en su orden, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 56.104 y 40.679, de este domicilio y hábiles; en contra del Ciudadano LEON FREDDY RAMIREZ ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-9.335.731, domiciliado en San Vicente, El Surural, detrás de la Heladería La Morita, La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira y hábil.
SEGUNDO: En virtud de la declaratoria con lugar de esta pretensión, se declara extinguida la relación arrendaticia entre las partes. En consecuencia se ordena al demandado ciudadano LEON FREDDY RA.....