, DECLARA EN REBELDIA al IDENTIDAD OMITIDA ART. 65 LOPNA, y ordena su ubicación inmediata, de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para lo cual se ordena oficiar lo conducente a los organismos de: Dirección de Seguridad y Orden Público del Estado Táchira; al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas del Estado Táchira; al Destacamento Nº 1 de la Guardia Nacional y a la oficina de alguacilazgo. Librese los oficios ordenados, quedan notificadas las partes aquí presentes.
AB. HELEN NEFFERTY GARCIA RAMIREZ
JUEZ PROVISORIO DE CONTROL Nº 3
ABG. LILIANA ZAMBRANO RAMIREZ
FISCAL DÉCIMO NOVENA DEL MINISTERIO PUBLICO
ABG. YULI DEL CARMEN BECERRA COLMENARES
DEFENSOR PUBLICO PENAL
ABG. MARIA ALEJANDRA NOGUERA G.
SECRETARIA
CAUSA: 3C-1260-05
HNGR/mang.