VI
DISPOSITIVA
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, como Tribunal de alzada, con las facultades conferidas en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la Demanda que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por vencimiento de la prórroga legal, intentó RAFAEL MARÍA DOMINGUEZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V ¿ 3.072.043, domiciliado en San Cristóbal ¿ Estado Táchira, a través de su APODERADO JUDICIAL Abogado PABLO ENRIQUE RUIZ MARQUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 44.270, contra CARLOS ARTURO PINO ALVAREZ, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V ¿ E ¿ 81.857.940, domiciliado en San Cristóbal Estado Táchir.....