Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del Ciudadano YOVANNY ALEXANDER MENDOZA CARRILLO, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad N° V-12.817.387, Residenciado en la calle 6, casa N° 7, Urbanización Centenario en la Población de Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO, en perjuicio del Ciudadano PEDRO CONTRERAS (OCCISO), Colombiano, Indocumentado, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, por ser los hechos narrados atípicos.