PRIMERO: DECLARA CULPABLE, PENALMENTE RESPONSABLE y se CONDENA, a la ciudadana; DESIREC VELASQUEZ VELASQUEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Maracay, Estado Aragua, titular de la cédula de identidad Nº V.-26.661.707, nacida en fecha 13 de Febrero de 1993, de 20 años de edad, hija de Marisol Velasquez (v), soltero, de profesión u oficio Oficios del hogar; residenciada en la calle El Monero, vía Puerto Vivas, casa nro 1-11, El Piñal, estado Táchira; por la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149, en concordancia con el artículo 163, numerales 1 y 11 de la Ley Orgánica de Drogas en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en el artículo 349 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se CONDENA a la acusada DESIREC VELASQUEZ VELASQUEZ a cumplir la pena de VEINTISIETE (27) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito .....