declara con lugar la solicitud y en consecuencia AUTORIZA amplia y suficientemente a las hermanas: (NOMBRES OMITIDOS POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA) de 7, 5 y 2 años de edad respectivamente, hijas de: LUIS AMADO PEREZ GOMEZ y NATHALY DWAN GUERRERO DAZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-10.181.158 y V.-13.709.892 en su orden, para que adquieran en calidad de compra y en proporciones iguales para cada una, los derechos y acciones de propiedad y posesión que le pertenecen a sus abuelos paternos, ciudadanos: LUIS ELOY PEREZ y MARIA ALCIRA GOMEZ DE PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-1.557.020 y V.-3.795.736 en su orden, sobre un bien inmueble consistente en un lote de terreno propio que es parte de terreno de mayor extensión, ubicado en el Caserío La Flautera, Aldea El Abejal, Municipio Guásimos del Estado Táchira, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: mide 7,85 metros, .....