Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Municipio
Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la
Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de
la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud planteada por la ciudadana
CUPERTINA DURAN DE CACERES, venezolana, portadora de la cédula de
identidad N° V.- 4.636.843, asistida de los abogados FRANK ALEXANDER
DURAN Y BEATRIZ ELENA CHACÓN, inscritos en el Inpreabogado bajo los N°
72.683 y 58.729, con respecto a la rectificación del Acta de Nacimiento N° 198, de
fecha veinticuatro (24) de enero del año mil novecientos cincuenta y nueve (1959),
levantada por ante la entonces prefectura del municipio La Concordia, distrito San
Cristóbal, hoy parroquia La Concordia, municipio San Cristóbal del estado Táchira,
en el sentido que deberá corregirse la nacionalidad y el apellido de la madre de la
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