ÚNICO: SE SUSTITUYE la Medida Cautelar Sustitutiva otorgada por el Tribunal Noveno en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha trece (13) de Mayo de 2005, al acusado ALBERT RUFANRRY HERNÁNDEZ, colombiano, natural de Cúcuta, República de Colombia, nacido en fecha 25 de Julio de 1983, de 22 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.279.839, de profesión u oficio Obrero, soltero, residenciado en Cucutá, Barrio Alfonso López, Calle 23, Nro. 12-03, República de Colombia, Teléfono 0057-3152061577, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 219 del Código Penal, en perjuicio del Orden Público; por lo que de conformidad a lo establecido en el Artículo 256, en sus numerales 2, 3, 4 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, el acusado deberá comprometerse a:
1) Presentarse cada ocho (O8) días por ante este Juzgado, y las veces que le sea exigido por este Tribunal a los fines de asegurar la realizac.....