Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Sistema Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, resuelve:
Primero: Con lugar la solicitud del Ministerio Público, decretándose la REMISION DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de los adolescentes (Identidades omitidas conforme al articulo 545 de la Lopna),, de conformidad con el literal "c" del artículo 569 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, a quienes el Ministerio Público les imputaba la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 219 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; en consecuencia de la remisión antes autorizada, se decreta el Sobreseimiento Definitivo de la presente causa, a favor de los adolescentes (Identidades omitidas conforme al articulo 545 de la Lopna), de conf.....