CON LUGAR LA OPOSICION realizada por la República Bolivariana de Venezuela, representada judicialmente por la abogada Iraides Carolina Prato torres, titular de la cédula V- 10.146.523, inscrita en el Instituto Previsión Social del Abogado bajo el N° 66.431, en tal sentido se declara INADMISIBLE EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO, interpuesto por el ciudadano HENRRY AMOROCHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.501.384, en su condición de Director de la Empresa denominada "REPUESTOS REDOBAR, C.A.", inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el No. 58, Tomo 18-A de fecha 11/11/1996, con Registro de Información Fiscal N° J-30401952-1 y Número de Identificación Tributaria N° 0038646699, domiciliada en la Avenida Libertad con calle Nicolás Briceño, Edificio Halaca, planta baja, Barinas Estado Barinas, contra la Planilla de Liquidación N° 05010024800328 de fecha 14/05/01, por la cantidad de doscientos ochenta y .....