PRIMERO: SE DECLARA LA COMPETENCIA, de este Tribunal para conocer, sustanciar y decidir el presente Recurso de Abstención o Carencia.
SEGUNDO: SE ADMITE, el Recurso de Abstención o Carencia, interpuesto por la ciudadana María del Valle Zuñiga Zuñiga, titular de las cédula de identidad N° V- 20.150.091, asistida por el Abogado Yosmar David Ramírez Colmenares, titular de la cédula de identidad N° 25.498.032 e inscrito en el IPSA bajo el N° 314.823 en contra de la presunta actitud omisiva del Distrito Sanitario N° 9 Maternidad de Táriba, Municipio Cárdenas del estado Táchira, en cuanto a la falta de respuesta sobre la solicitud realizada por ella en fecha 27 de octubre de 2025.
TERCERO: Se ORDENA citar a la Jefe de la Maternidad de Táriba, Municipio Cárdenas del estado Táchira, Distrito Sanitario N° 9, Dra Mirna De La Cruz Méndez Sánchez, y Jefe del ASIC Articulador del eje N° 9, a los fines que informen a este Tribunal en un lapso de cinco (05) días de despacho siguientes a que conste.....