"...De las pruebas presentadas, las cuales han sido previamente valoradas se crea plena convicción en quien juzga de lo peticionado por la solicitante, en consecuencia de ello, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las actuaciones y documentación cursante en el expediente suficientes para declarar:
Como UNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSE ANTONIO LARA MORA, quien en vida era esposo, progenitor y abuelo de los ciudadanos JORGE LUIS LARA MÁRQUEZ, JUANA MARÍA MÁRQUEZ CONTRERAS, JOSE DANIEL LARA MÁRQUEZ, FRANCY COROMOTO LARA FLOREZ, WUILMER ANTONIO LARA FLOREZ, JOSE ANTONIO LARA FLOREZ, ANA ROSA LARA y LUIS ENRIQUE ARAUJO LARA, venezolanos, solteros, titulares de las cedulas de identidad Nro. V.- 18.209.534, V-6.009.498, V.- 2.....