´"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del negocio jurídico celebrado por los ciudadanos: SORANYELA GOMEZ DE MARIN, WILSON GOMEZ MEDINA y JOSE ALBERTO GOMEZ MEDINA, venezolanos, la primera casada y los demás solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.720.969, V-13.142.801 y V-13.142.802, en su orden respectivo, domiciliados en coloncito, Municipio Panamericano del estado Táchira, el ciudadano SAMUEL DARIO MARIN CASTILLO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.754.757, en condición de conyugue de la ciudadana SORANYELA GOMEZ DE MARIN ya identificada y el ciudadano JESUS HENRY GOMEZ MEDINA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.684.632, domiciliado en coloncito, Municipio Panamericano del estado Táchira, firmado en fecha 06 de mayo del 2026, pues los solici.....