este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA, dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: Se fija el aumento de la obligación de manutención en la suma de SEISCIENTOS BOLIVARS (Bs. 600,00) MENSUAL, a partir del 01 de Diciembre de 2014, presentando el obligado una deuda por la cantidad de NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs. 900,00), entregando en este acto la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00), quedando pendiente la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00), la cual el obligado se compromete en cancelar el día 11 de Noviembre de 2014.
SEGUNDO: En el mes de inicio del año escolar el padre se compromete a la compra de los uniformes escolare.....