RESUELVE,
PRIMERO: SE ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN y LAS PRUEBAS promovidas en contra del imputado ANDRES JOSE CARRASCO SANCHEZ , Venezolano , Natural de Maracaibo, Estado Zulia, con cédula de identidad N° V.-12.234.487, de 41 años de edad, nacido en fecha 20-06-1971, de profesión obrero, letrado, residenciado en la Unidad Vecinal, Bloque 2, letra B, apartamento 05, la concordia, San Cristóbal, estado Táchira, teléfono. 0424-7827464 a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito ACTOS LASCIVOS previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio A.A.R.Z, cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en la Resolución Acusatoria y en la exposición realizada por la Fiscal del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 330, numerales 2 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal.-
SEGUNDO: Admitida la acusación y las prueb.....