Por lo antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL N° 3 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO DEL TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado LUIS ALBERTO LEAL BARRERA, quien dice ser de nacionalidad Venezolana, natural de Rubio, Estado Táchira, con fecha de nacimiento 15-04-1987, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.541.861, de estado civil soltero, de ocupación vigilante, residenciado en el Barrio Fiqueros, casa sin número, a media cuadra de la torre de telcel, casa color azul con blanco, a dos casa de la bodega, Rubio, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de LESIONES GRAVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 414 del Código Penal, por considerar que se encuentran llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda e.....