"...este JUZGADO DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera SUFICIENTES y BASTANTES las presentes actuaciones para declarar de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del derecho que le asiste a los ciudadanos PEDRO EDUIN LOPEZ YZARRA, VIAGNEY CAROLINA LOPEZ IZARRA, PEDRO PABLO LOPEZ SANCHEZ, SURY SADAY LOPEZ SANCHEZ Y ANA RAFAELA YZARRA ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V.- 12.847.817, V-14.805.012, V-17.083.222, 17.220.627 y V-4.976.180 en su orden, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la De Cujus PEDRO LOPEZ MOLINA, quien falleció en fecha 19 de abril de 2012 según acta de defunción Nro. S26 emitida por el Registro Civil del Municipio Libertador de la Parroquia Domingo Peña del Estado Mérida, dejando a salvo los derechos que pudieran.....