Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN, realizada en una parte por la abogada Mayra Alejandra Orellana Vargas, apoderada de demandado y por la otra el ciudadano Orlando Díaz Elguedo, demandante en la presente causa, asistido por el abogado Carlos Rodolfo Martínez Casanova, antes identificados. En consecuencia, se levanta la medida de embargo preventivo decretada por este despacho, en fecha 14 de marzo de 2005, y practicada en fecha 05 de abril de 2005, por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de esta Circunscripción Judicial. Ofíciese lo conducente.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo de.....