PRIMERO: SIN LUGAR LA CONFESION FICTA de la ciudadana CORA HERNANDEZ DE NAVARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-5.031.859, de este domicilio y hábil.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda propuesta por los ciudadanos JUAN CARLOS SUAREZ SANCHEZ y SIR CARACCIOLO SUATREZ SANCHEZ, asistidos por el abogado HERNANDO VALENCIA, identificados en autos, por Resolución de Contrato de Arrendamiento.
TERCERO: Resuelto el Contrato de arrendamiento suscrito entre los ciudadanos JUAN CARLOS SUAREZ SANCHEZ y SIR CARACCIOLO SUAREZ SANCHEZ, sobre el local comercial ubicado en la avenida 19 de abril, Planta Baja, Local N° 2-002, san Cristóbal estado Táchira.
CUARTO: Se ordena a la ciudadana CORA HERNANDEZ de NAVARRO, entregar a la parte demandante, libre de personas y de bienes, el inmueble objeto de la presente acción.
QUINTO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Notifíquese a las partes de la presente decisión.
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