DECISION
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones, en su única sala del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR del recurso de apelación interpuesto por el abogado Raulinson José Reaño Páez, en su condición de defensor del ciudadano Alberto José Santos Monsalve.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión publicada en fecha 23 de abril de 2010, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 2 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, entre otros pronunciamientos, declaró penalmente responsable al ciudadano Alberto José Santos Monsalve y decretó la extinción de la acción penal, en la causa seguida al referido acusado, de conformidad con el artículo 48, numeral 8, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108, numeral 5, y artículo 110, ambos del Código Penal, y por consiguiente el .....