DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte demandante en fecha 25 de febrero de 2011, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 23 de febrero de 2010.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto apelado.
TERCERO: SE REPONE LA CAUSA al estado que el mencionado Juez de Juicio fije fecha para la prolongación de la audiencia de juicio.
CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS.
Publíquese, regístrese y bájese oportunamente el expediente al Tribunal de la causa. Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al libro respectivo.
JOSÉ GREGO.....