PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por desalojo con fundamento en el estado de necesidad es alegado por la ciudadana ANTONIA ISABEL SANDOVAL CHACON, contra la ciudadana YANETH ROJAS MARTINEZ.
SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR EL DESALOJO, con fundamento en el estado de necesidad alegado por la ciudadana ANTONIA ISABEL SANDOVAL CHACON, contra la ciudadana YANETH ROJAS MARINEZ, sobre un inmueble propiedad de la demandante, consistente en un local comercial con ubicación en la calle principal del Barrio las Flores, Nro. 3-49, de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira.
Por cuanto la presente demanda de desalojo tiene su fundamento en el literal "b)" del artículo 34 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, se concede a la parte demandada un lapso de seis (6) meses, para la entrega material del inmueble indicado, contados a partir de la notificación que se le haga de la sentencia definitivamente firme, conforme.....