EN CONSECUENCIA, ESTE TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL, presentada en contra al imputado ANTONIO RUIZ, de nacionalidad Colombiano, natural de Natural de Cali Valle, nacido en fecha 06-01-1956, titular de la cedula de identidad Nº E- 81.856.293, de 54 años de edad, de profesión albañil, hijo de Luis Quintero (v) y Elda María Ruiz (F), con residencia en Naranjales, Valle Lorena Parte II, casa Sin Numero, cerca de la escuela 27 de Febrero, Municipio Fernández Feo, El Piñal, Estado Táchira, teléfono 0424- 7329885, por la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34, de la Ley orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolan.....