Vista la transacción celebrada en fecha 27 de junio del presente año, entre los co-demandados ciudadanos RICHARD ORLANDO MARTINEZ ONTIVEROS Y JHONN ANDER HERRERA GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.157.169, y V-12.971.386, en su orden, con el carácter de deudor principal el primero y aval el segundo, asistidos por el abogado en ejercicio JOSÉ MANUEL RESTREPO CUBILLOS, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21.219; y por la parte demandante la abogada en ejercicio ANA ROSA PAZ SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.378, titular de la cédula de identidad N° V-10.161.864, con el carácter de co-apoderada judicial de la Sociedad Mercantil FINANCIAUTO C.A., empresa inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 09 de abril de 1991, bajo el N° 25, Tomo 2-A, originalmente con la denominación social IN.....